SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2835/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el recurrente Julio Humberto Valenzuela González contra Mario López Prada y Zulema López de López por los delitos de abuso de confianza y apropiación indebida, habiendo apelado los procesados la Sentencia condenatoria dictada en su contra, Néstor Julio Enríquez Quiroga, Juez de Partido en lo Penal y de Sustancias Controladas Liquidador del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció el Auto de Vista 008/2006 de 12 de mayo, por el que revocó la Resolución de primera instancia y deliberando en el fondo falló declarando a los procesados absueltos de culpa y pena de los delitos imputados, con costas y disponiendo que se levanten todas las medidas precautorias y cautelares dispuestas en su contra (fs. 92 a 101 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 5)
- 7)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- a)
- b)
- iii)
- c)
- d)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3.
- III.4. Sobre la improcedencia del amparo por falta de contenido jurídico constitucional
- III.5.2. Respecto al Juez de Partido en lo Penal y de Sustancias Controladas Liquidador codemandado
- APROBAR