SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2894/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2894/2010-R

Fecha: 17-Dic-2010

8)

8) El Auto de Vista 451/2004, dispuso: “probado el incidente de oposición planteado a fs. 497 interpuesto por Teófilo Hugo Calderón Valenzuela, debiendo regularizar procedimiento…” (sic) y el Auto de Vista 125/2005, dispuso “Confirma el auto apelado, con costas en aplicación del art. 237 parágrafo I inc. 1 del CPC” (sic), con el fundamento de que las sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada no pueden suspenderse por motivo alguno. De acuerdo y en estricta observancia de los arts. 514 y 517 del CPC, se dio cumplimiento a este último fallo de alzada.