SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0109/2010-R
Fecha: 10-May-2010
recurso
En revisión las Resoluciones de 19 de octubre de 2007, cursantes de fs. 19 a 20 vta.; 50 y vta., pronunciadas por la Jueza Primera de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad interpuesto por Delia Arce Nina en representación sin mandato de A.A. contra Silvia Balderrama Siles, Jueza de Instrucción de Sipe Sipe del mismo Distrito Judicial, Ana Jiménez Claros, Fiscal de Materia y Juan Adrián Terceros Quiroz, Investigador de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), alegando la vulneración de los derechos de su representado, a la libertad y al debido proceso, previstos por los arts. 6.II y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg), ahora arts. 23.I y 117.I de la Constitución Política del Estado vigente (CPE).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- 1)
- i)
- procedente
- Fragmento 7
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Respecto al medio idóneo e inmediato
- III.4. De la normativa aplicable al caso
- Fragmento 18
- III.5. Del caso de análisis
- Fragmento 20
- III.5.2. Respecto al Fiscal de Materia demandado
- III.5.3. Respecto de la Jueza de Instrucción demandada
- III.6. Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- improcedente
- APROBAR