SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0325/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0325/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

II.2.

II.2.  Los ejecutados interpusieron recurso de apelación, que se radicó en la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, donde por excusa se convocó a los vocales Raúl Pablo Brañez Galindo y Ángel Montero Montecinos, quienes en disidencia con el proyecto de la Relatora, dictaron el Auto de Vista de 16 de marzo de 2002, confirmando la Sentencia “con la modificación de que el saldo adeudado alcaza solamente a $us27.996.- por concepto de saldo a capital, “con el interés del diecisiete por ciento anual convenido entre las partes contratantes, sin costas por la modificación” (sic) (fs. 30 y vta.), notificado a las partes el 22 de marzo de 2002 (fs. 31).