SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0325/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0325/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

II.3.

II.3.  En audiencia de conciliación de 20 de junio de 2002, celebrada en ejecución de Sentencia en el Juzgado Sexto de Partido en lo Penal del Distrito Judicial de Cochabamba, los ejecutados y la apoderada de los ejecutantes llegaron a un acuerdo sobre los saldos adeudados (fs. 32 a 33 vta.). A solicitud de la parte ejecutante (fs. 44 a 45), por Auto definitivo 35 de 8 de abril de 2003, el Juez de Partido Sexto en lo Civil y Comercial declaró “ineficaz” y “no válida” a la conciliación celebrada, ordenándose que por Secretaría se proceda a la liquidación del capital e intereses  (fs. 54 a 55), la que practicada ascendió a $us8.357,32.- (ocho mil trescientos cincuenta y siete mil 32/100) por capital e intereses (fs. 57 a 58).