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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0624/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0624/2010-R

    Fecha: 19-Jul-2010

    II.10.

    II.10. Una vez devueltos los obrados al Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, por Auto de 30 del agosto de 2006, se señaló audiencia de remate (fs. 84 y vta.), mismo que fue dejado sin efecto por Auto de 11 de septiembre del referido año, señalándose audiencia con este fin para el 23 de octubre de ese año (fs. 87).

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • i)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • 1)
    • concedió
    • I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Eficacia plena y operatividad de la Constitución Política del        Estado en el tiempo
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • accionante
    • denegar
    • III.3. En cuanto a la “seguridad jurídica”
    • III.4. En cuanto al debido proceso
    • III.5.1.
    • III.5.2.
    • III.5.3.
    • APROBAR

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