SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0624/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0624/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

III.5.3.

En cuanto al Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, si bien éste dictó los proveídos de 28 de agosto de 2006, el de radicatoria de 30 de agosto y 11 de septiembre del mismo año, señalando audiencias de remate, pese a que originalmente se excusó, lo hizo sin embargo, en cumplimiento de la ilegal Resolución dictada por la Sala Plena de 31 de marzo de 2006; por lo que, corresponde declarar la nulidad de tales providencias conforme lo determinó el Tribunal de garantías.