SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0650/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0650/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

3.

3.  Asimismo, es menester tener presente que en su descargo, la Jueza demandada refiere en su informe que el accionante fue sorprendido en plena acción de fuga cuando cumplía detención en el penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, lo que implícitamente justificaría su traslado a modo de castigo; empero, no consideró que en el marco del citado principio de reserva legal el art. 155.2 de la LEPS prohíbe expresamente la agravación de las condiciones de privación de libertad al estipular que en el caso de los detenidos preventivos “(…) En ningún caso se les impondrá como sanción el traslado a establecimientos más rigurosos.