SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0675/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0675/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

II.1.

II.1. Banco Sur S.A. en liquidación, a entidad hoy recurrente, interpuso proceso ejecutivo contra Jhonny Eduardo Jáuregui Indaburo, Fernando Peláez Pino, Rosa María Justiniano de Peláez, Wálter Peláez Ascarrunz y Bertha Pino de Peláez, el 18 de septiembre de 1995 (fs. 44 a 45); proceso resuelto mediante Sentencia 120-A/2000 de 14 de agosto (fs. 92 y vta), que declaró probada la demanda e improbadas las excepciones, debiendo proseguirse la ejecución hasta el trance y remate de los bienes embargados o por embargarse, propios de los ejecutados, para que con su producto, se de y pague a favor de dicha entidad, el monto de la obligación allí detallada. Resolución que fue confirmada en parte por el Auto de Vista 001/2001 de 3 de enero, que confirma en parte la Sentencia de “fs. 92”, en cuanto declara probada la demanda e improbada las excepciones de prescripción opuesta por el principal ejecutado, y revoca en lo que respecta a la excepción de impersonería con relación al art. 237.3 del CPC, declarándola probada (fs. 116 a 117).