Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0679/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
En la audiencia pública de amparo efectuada el 8 de marzo de 2007, con la concurrencia del recurrente, el representante del Ministerio Público y de las autoridades recurridas, con excepción de María de los Ángeles Céspedes Romero, Abelina Argote Céspedes y Adrián Pinto Aguayo, según consta en el acta cursante de fs. 130 a 137 vta., se produjeron los siguientes actuados:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- 1)
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- III.3.2.
- 2º