Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0705/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0705/2010-R

    Fecha: 26-Jul-2010

    Fragmento 8

    Con esos antecedentes, plantea recurso de amparo constitucional contra Wálter Delgadillo Terceros, Ministro de Trabajo, solicitando se declare procedente, disponiendo dejar sin efecto la Resolución Ministerial de 2 de febrero de 2007 y se mantenga incólume la RM 505/06, determinando la continuidad de las funciones del Directorio del Sindicato de Trabajadores Petroleros de Oruro.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • 2)
    • 3)
    • 4)
    • 5)
    • Fragmento 8
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • “accionante”
    • “conceder”
    • III.3. Naturaleza subsidiaria del recurso de amparo constitucional, hoy acción de amparo constitucional
    • III.4. Requisitos de admisibilidad del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo
    • III.4.1. Legitimación activa
    • III.5.1.
    • III.5.2.
    • Esta representación puede ser delegada a uno o mas miembros del Directorio
    • APROBAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca