Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0748/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
II.7.
II.7. Por certificación de 15 de enero de 2007 emitida por la Subcentral de la Organización Territorial de Base (OTB), Junta Vecinal, Organización de Mujeres, Comité de Vigilancia, Comité Cívico del Municipio de Villa Rivero, se constata la realización de la sesión del Concejo Municipal en la que se aceptó la renuncia de Andrés Trigo Álvarez al cargo de Alcalde Municipal y la elección de la nueva autoridad edilicia Román, Freddy Lara Guillén (fs. 90 y 91).
- amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3.
- III.4. Sobre la renuncia presentada por el Alcalde Municipal
- III.5. Sobre la sesión de Concejo Municipal de 10 de enero de 2007, en la que se aprobó la renuncia presentada por el Alcalde Municipal
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.7. Seguridad jurídica en la nueva Constitución Política del Estado
- APROBAR