SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0748/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0748/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

II.9.

II.9.  Previa solicitud de parte del Presidente del Concejo Municipal, Román Orellana Álvarez ante el Fiscal de Distrito de Cochabamba de 30 de enero de 2007, de estudio grafotécnico de la firma de Andrés Trigo Álvarez estampada en la carta de renuncia de 8 del referido mes y año para determinar su autenticidad (fs. 97) se emitió un informe pericial documentológico, en el cual, el Perito Grafotécnico y en Criminalística de la Policía Nacional, Cristian Mercado Carrasco, concluyó que la “la firma y rúbrica dubitada existente en el documento cuestionado (carta de renuncia irrevocable al cargo de Alcalde Municipal de enero 08 del año 2007), rotulado como MUESTRA “A” PRESENTA RELACIÓN DE CORRESPONDENCIA GRAFOCRITICA CON LAS FIRMAS DE COMPARACIÓN ESTAMPADAS POR EL SR. ANDRES TRIGO ÁLVAREZ con C.I. No. 4389581 Cbba. Es decir: QUE CORRESPONDE A LA AUTORIA PULSIONAL DE LA REFERIDA PERSONA.-“ (fs. 99 a 101).