SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0840/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0840/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

II.10.

II.10. El 12 de julio de 2007, los recurridos en su calidad de propietarios y los anticresistas Michel Dorado Escóbar y Margarita Cecilia Aguilar de Dorado, suscribieron acta de devolución del monto de anticresis y desgravamen, ante la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio de Gobierno, en el que los propietarios se comprometieron a restituir la energía eléctrica y el agua a los inquilinos, obligándose por su parte los anticresistas a que una vez devuelto el monto del anticrético de $us19 000.- abandonar el domicilio en el plazo de treinta días, quedando un saldo de $us1000.- (mil dólares estadounidenses) a ser devueltos una vez realizada la conciliación sobre el estado del inmueble en buen estado de acuerdo a contrato, y a entregar el documento de desgravamen del inmueble una vez realizada dicha conciliación (fs. 87 a 88); documento protocolizado el 17 del citado mes y año (fs. 106 a 107 vta.).