SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0840/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0840/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

II.4.

II.4.  Mediante carta notariada de 8 de marzo de 2007, los correcurrentes “conminaron” a los recurridos que restablezcan en veinticuatro horas, tanto el suministro de agua corriente como de energía eléctrica y dejar ingresar al personal autorizado de ELECTROPAZ - Fonoluz. En la carta, se refiere que el suministro de energía eléctrica fue cortado voluntaria y dolosamente por los recurridos, desde una semana anterior, encontrándose el medidor en la parte ocupada “ilegalmente” por los recurridos y que resulta inaccesible por hallarse un candado puesto de forma ilegal, vulnerando el derecho a la vida de sus padres a cargo de la conservación y mantenimiento del inmueble hasta la devolución total y exacta del dinero del anticrético (fs. 4 a 5).