SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0840/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.5.
II.5. Por carta de 28 de marzo de 2007, enviada por el Gerente Comercial de ELECTROPAZ, Miguel Ardúz, al correcurrente Alfonso Dorado Márquez, en respuesta a su nota de 23 de ese mes y año, informó que el medidor 394929 no tenía a esa fecha deudas pendientes de pago, por lo que esa empresa no había procedido al corte del suministro de energía eléctrica; y que ante el reclamo técnico realizado el 3 del citado mes y año por ausencia de energía, el personal de esa empresa se apersonó al domicilio procediendo a la verificación, encontrando la misma energizada y registrando voltajes, no pudiendo realizarse la inspección en el interior del domicilio ya que el acceso fue impedido por una persona que se identifico como el dueño de casa (fs. 1).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 26
- III.3. Amparo excepcional por medidas de hecho: Protección directa e inmediata prescindiendo de su carácter subsidiario
- La idea que inspira la protección no es otra que el control al abuso del poder y el de velar por la observancia de la prohibición de hacerse justicia por mano propia, control que se extiende tanto a las autoridades públicas como a los particulares que lo ejercen de manera arbitraria por diferentes razones y en determinadas circunstancias
- Fragmento 29
- III.4. Requisitos para conceder la tutela del amparo constitucional por medidas de hecho
- Fragmento 31
- III.5. Procedencia de la acción de amparo constitucional ante corte de agua y energía eléctrica por medidas de hecho
- Fragmento 33
- III.6.
- Fragmento 35