SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0840/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0840/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

III.5. Procedencia de la acción de amparo constitucional ante corte de agua y energía eléctrica por medidas de hecho

         De la jurisprudencia glosada, es evidente entonces, que no está permitido a ninguna persona, ya sea autoridad o particular, a asumir medidas de hecho, realizando el corte de suministro de servicios básicos como el agua y la luz, caso contrario, se lesionan derechos fundamentales de la persona afectada, no existiendo causal que justifique ese tipo de acciones, pues para ello está la justicia que a través de sus jueces y tribunales debe dirimir todos los conflictos e irregularidades que se puedan suscitar entre las personas.