SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0923/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0923/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

II.7.

II.7. Por Auto de Vista 26/2007 de 22 de enero, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, conformada por los Vocales correcurridos, anuló obrados hasta el Auto de señalamiento de remate, disponiendo que la Jueza a quo, pronuncie nueva providencia, ordenando la notificación por edictos o personal de todos los acreedores que figuran en la certificación de DD.RR., fundando su fallo en que de acuerdo con el art. 1479 del CC, fue incumplida al no haberse dispuesto la citación de los acreedores que tienen constituidas hipotecas sobre el bien a rematarse; Resolución que fue notificada al incidentista y a los ejecutados (fs. 33 y vta.; y 34 y vta.).