SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1002/2010 -R
Fecha: 23-Ago-2010
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, alega que las autoridades judiciales demandadas, vulneraron los derechos de su representada, a la igualdad, a la seguridad jurídica, a la petición, a la propiedad privada, a la defensa y de la garantía al debido proceso y el derecho de acceso a la justicia, toda vez que dentro del proceso ejecutivo que siguió contra la empresa “MOTOBOL SRL”; no obstante, de haberle adjudicado la mercadería embargada al ejecutado, tomando como base el avaluó de la mercadería puesta en mostrador, aprobar el remate y adjudicación, y extenderle la minuta; a simple solicitud del ejecutado, el Juez demandado la anuló y dejó sin efecto la misma que extendió a su favor, conminándola a pagar el saldo de suma de la adjudicación, Resolución que ilegal y arbitrariamente fue confirmada por los Vocales demandados quienes emitieron el Auto de Vista sin la debida fundamentación. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes y si corresponde otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- procedente
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial,
- tercero interesado “MOTOBOL SRL”
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 19
- III.3. La valoración de la prueba, como facultad privativa de la autoridad jurisdiccional
- Fundamentación de las resoluciones
- i)
- III.4.1.
- III.4.2.
- denegado
- APROBAR