SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente reiteró el contenido del memorial y puntualizó que la Jueza recurrida, interpretó erróneamente el art. 26 del CPP, aduciendo que el competente era el Fiscal de Distrito, correspondiéndole a la Jueza recurrida pronunciarse conforme previene el art. 26 inc. 3) del CPP, toda vez que con el rechazo a su petición, se vulneró el derecho a la defensa.