SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

II.8.

II.8.  Por escrito de 21 de noviembre de 2006, Ciro Arias Escobar expresando que el Fiscal de Materia al pronunciar el requerimiento de 16 de octubre de 2006, rechazando el proceso aplicando el art. 47 del CPP, confundió lo que es un proceso en sí y la etapa investigativa previa, sin tomar en cuenta la última parte del artículo que establece excepciones; por lo que, solicita ejerciendo su función jurisdiccional de control, conmine al Fiscal para que fundamente el rechazo (fs. 22 y vta.).

          Al memorial antedicho, la Jueza recurrida por providencia de 22 de noviembre de 2006, señaló: “Acúdase ante la autoridad llamada por Ley a fin de hacer conocer lo expuesto en el memorial que antecede, toda vez que la competencia de la suscrita no abarca lo referido, conforme señala el art. 54 del Código de Procedimiento Penal…” (fs. 23).