SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1196/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1196/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

deben ser interpretadas de manera extensiva para que permita el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales y garantías constitucionales y no en forma restrictiva que tienda a restringirlos o suprimirlos.

… las disposiciones previstas por los arts. 251 del CPC y 247 de la LOJ, deben ser interpretadas de manera extensiva para que permita el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales y garantías constitucionales y no en forma restrictiva que tienda a restringirlos o suprimirlos. A ese efecto, la interpretación de las normas procesales y orgánicas invocadas por los recurrentes, debe ser efectuada de manera sistematizada y en concordancia práctica con el conjunto de normas previstas en las respectivas leyes.