SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1196/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1196/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

III.5.1.

III.5.1.      Conforme se tiene de las conclusiones efectuadas, los accionantes iniciaron un proceso ordinario de nulidad de transferencia y de escrituras públicas, cancelación de partidas y reivindicación, más el pago de daños y perjuicios, que, según la Sentencia 555/2004, emitida por la Jueza Primera de Partido en lo Civil y Comercial, fue declarada probada. En uso de los recursos legales que asigna la norma procesal civil para impugnar las resoluciones que causen agravio a la parte perdidosa, el entonces demandado, José Milton Franco Campero Bedregal, interpuso recurso de apelación el 16 de diciembre de 2004; que, mediante proveído del día posterior, la autoridad judicial corrió en traslado a la otra parte para su contestación. Empero, el trámite de este recurso se quedó en el proveído de 17 de diciembre de 2004, sin que se hubiera aplicado lo establecido en el art. 219 y ss. del CPC, correspondiendo que las partes se manifiesten en el plazo de diez días y, en caso de no hacerlo, inmediatamente conceder el recurso para que el Tribunal de alzada se pronuncie sobre el fondo del mismo.