SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1196/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1196/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

III.3.2. La vulneración del debido proceso

Es importante referirse a la concepción del debido proceso dentro de la Constitución Política del Estado vigente, cuando lo establece en los arts. 115. II y 117.I, como una garantía jurisdiccional y un derecho fundamental; pues, prescribe que el Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y en sin dilaciones; así mismo que nadie será condenado a pena alguna sin haber sido oído y juzgado previamente en debido proceso, en consecuencia, el debido proceso se constituye en la certeza de la aplicación de la ley por parte de las autoridades judiciales y administrativas y un medio para la protección de otros derechos fundamentales.