SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1277/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
ii)
ii) A consecuencia de la conformación de una comisión integrada por Néstor Lacoa Pereira, Rodolfo Peñaranda Medrano y Freddy Jaime Rivero Aramayo y un abogado independiente, contratado con el fin de asegurar la imparcialidad, por mandato de la asamblea general, determinado por el Consejo de Vigilancia, se elaboró un informe 02/2007 de 29 de abril, presentándolo a la asamblea general el 19 de junio de 2007, en el que se sugiere la aplicación del art. 48 incs. c) y g) del Estatuto, pero en ningún momento se excluyó a los recurrentes en su calidad de Consejeros; determinando la asamblea, delegar al Consejo de Administración para que previa compulsa de antecedentes, el informe presentado sirva de base para efectuar una investigación y puedan dar una solución definitiva, de conformidad al art. 53 inc. c) del referido Estatuto; por lo que, a través de nota de 16 de julio de ese año, solicitó al Consejo de Vigilancia emitir fallo, que fue suscrito por Rodolfo Peñaranda Medrano, Secretario del Consejo de Vigilancia; Freddy Jaime Rivero Aramayo, Vocal del Consejo de Vigilancia, pero no por Néstor Lacoa Pereira ni Moisés Mamani Lenis, para no viciarlo de nulidad.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- ii)
- iv)
- v)
- concedieron
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4.1. Derecho a la petición
- III.4.2. Derecho a la dignidad
- III.4.3. Derecho al trabajo
- III.4.4. Derecho y garantía del debido proceso
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- III.5.1.
- III.5.2.
- III.5.3.
- concedido
- APROBAR