SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1277/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1277/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

III.5. Análisis de la problemática planteada

Previo a ingresar al caso concreto, es preciso aclarar que a pesar de haberse operado la restitución del derecho alegado como vulnerado por los recurrentes, ahora accionantes, expresado en Conclusiones II.12, de ésta Sentencia, este se produjo como efecto de la citación con la acción de amparo constitucional a las autoridades recurridas, hoy autoridades demandadas; en consecuencia, corresponde ingresar a analizar los hechos alegados, puesto que los sujetos pasivos no actuaron de muto propio para la reparación de los derechos vulnerados, sino más bien en virtud de la interposición de la presente acción tutelar, en ese sentido se expresa la SC 0169/2010-R de 17 de mayo, en el que es aplicable la causal de improcedencia contenido en el art. 96.2 de la LTC.