SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1425/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1425/2010-R

Fecha: 27-Sep-2010

Fragmento 23

          El recurso de amparo constitucional, configurado en la Constitución Política del Estado vigente, como acción de amparo constitucional, es una acción tutelar de carácter extraordinario cuya finalidad es la protección de los derechos fundamentales de las personas, teniendo como principios que la caracterizan los de subsidiariedad e inmediatez. El primer principio citado, se encuentra establecido en el art. 129.I de la CPE, condicionándose su interposición: “…siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”, previsión que se hallaba antes en el art. 19.IV de la CPEabrg; y que obliga al accionante a que agote previamente a plantear esta acción tutelar, todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa o judicial, donde se acusa la vulneración, para obtener la reparación de sus derechos y sólo ante la persistencia de la lesión queda abierta la vía de la acción de amparo constitucional.