SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1452/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Ante el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Oruro, se tramita en su contra un proceso penal por la presunta comisión del delito de robo agravado de un camión marca Volvo, seguido a instancias del Ministerio Público y de Gilbert Pérez Atora; pero paralelamente, existe otro proceso sustanciado en el Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Civil, en el que los accionantes hubieron demandado la nulidad del derecho propietario del querellante particular sobre el referido vehículo y de la venta de éste bien, solicitando que fuera restituido a su poder.
Bajo estos antecedentes y tomando en cuenta que el derecho propietario es un elemento constitutivo del ilícito de robo agravado, el 2 de abril de 2009 -dentro del proceso penal en cuestión-, interpusieron la excepción de prejudicialidad; misma que fue declarada procedente por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, a través de la Resolución de 8 de junio del mismo año. Sin embargo, impugnado este fallo por el Fiscal de Materia asignado al caso y por Gilbert Pérez Atora, los Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior, pronunciaron el Auto de Vista 28/2009 de 1 de septiembre, que -de manera oscura e incoherentemente- revocó la correcta decisión asumida por el Juez a quo, bajo argumentos ultra petita y obviando que era necesario esperar las resultas del proceso civil impetrado con anterioridad al penal; máxime, si en el segundo se aludió la emisión de un mandamiento de “embargo” ordenado por el Juez Cuarto de Instrucción en lo Civil.
Finalmente, insisten en que es de relevante importancia que se dilucide -en la vía civil- la controversia sobre el derecho propietario del camión, considerándose que el proceso penal se inició a querella de Gilbert Pérez Atora -quien no podría constituirse en víctima, al no ser titular del bien en cuestión- y principalmente, porque no es factible que se les impute el delito de robo agravado sobre un bien que es de su propiedad.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1 Ampliación de la acción
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- salvo que la problemática concreta adquiera relevancia constitucional, cuando se advierta afectación a algún derecho fundamental o garantía constitucional
- los casos en que se impugne tal labor como arbitraria, insuficientemente motivada o con error evidente
- III.2. Aplicación de los Fundamentos Jurídicos esgrimidos, a la problemática concreta
- i)
- ii)
- iii)
- “conceder”
- denegar
- APROBAR