SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1452/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
iii)
iii) Hechas las aclaraciones que anteceden y en aplicación al Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia, en la interposición de la presente acción de amparo constitucional, los accionantes debieron identificar con claridad qué criterios o principios interpretativos no fueron empleados u omitidos en la labor hermenéutica de las autoridades judiciales demandadas a momento de pronunciar el Auto de Vista 28/2009, o comprobar que esta tarea hubiera sido insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda o ilógica o con error evidente; requisito omitido de especificación, que impide a este Tribunal efectuar un análisis sobre la interpretación de la legalidad ordinaria realizada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro.
Más al contrario y conforme se particularizó en los puntos i) y ii) anteriormente indicados, se advierte que el Auto de Vista impugnado cuenta con la debida fundamentación y motivación -en base a la valoración de los elementos probatorios aportados, el condicionamiento fáctico y la procedibilidad de la excepción de prejudicialidad-, de los cuales no se advierte omisión ni irrazonabilidad, independientemente de su resultado, así se destaca en la Conclusión II.6; razones que reinciden en la imposibilidad que este Tribunal ingrese a analizar el criterio vertido por las autoridades demandadas a momento de dictar el Auto de Vista 28/2009, por ser su potestad, el interpretar las normas legales infraconstitucionales en los procesos ordinarios puestos a su conocimiento.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1 Ampliación de la acción
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- salvo que la problemática concreta adquiera relevancia constitucional, cuando se advierta afectación a algún derecho fundamental o garantía constitucional
- los casos en que se impugne tal labor como arbitraria, insuficientemente motivada o con error evidente
- III.2. Aplicación de los Fundamentos Jurídicos esgrimidos, a la problemática concreta
- i)
- ii)
- iii)
- “conceder”
- denegar
- APROBAR