SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1452/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1452/2011-R

Fecha: 10-Oct-2011

iii)

iii)  Hechas las aclaraciones que anteceden y en aplicación al Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia, en la interposición de la presente acción de amparo constitucional, los accionantes debieron identificar con claridad qué criterios o principios interpretativos no fueron empleados u omitidos en la labor hermenéutica de las autoridades judiciales demandadas a momento de pronunciar el Auto de Vista 28/2009, o comprobar que esta tarea hubiera sido insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda o ilógica o con error evidente; requisito omitido de especificación, que impide a este Tribunal efectuar un análisis sobre la interpretación de la legalidad ordinaria realizada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro.

Más al contrario y conforme se particularizó en los puntos i) y ii) anteriormente indicados, se advierte que el Auto de Vista impugnado cuenta con la debida               fundamentación y motivación -en base a la valoración de los elementos probatorios aportados, el condicionamiento        fáctico y la procedibilidad de la excepción de prejudicialidad-, de los cuales no se advierte omisión ni irrazonabilidad, independientemente de su resultado, así se destaca en la Conclusión II.6; razones que reinciden en la imposibilidad que este Tribunal ingrese a analizar el criterio vertido por   las autoridades demandadas a momento de dictar el Auto de Vista 28/2009, por ser su potestad, el interpretar las normas legales infraconstitucionales en los procesos ordinarios puestos a su          conocimiento.