SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1452/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
II.1.
II.1. A través de los memoriales de 2 y 8 de abril de 2009, cursantes de fs. 1 a 3 vta. y de 4 a 5 vta. -respectivamente-, Fidel Iban Choque Viza y Cecilia Rueda Crispín, -dentro del proceso penal seguido en su contra a instancias del Ministerio Público y Gilbert Pérez Atora, por la presunta comisión del delito de robo agravado de un camión marca Volvo, con placa de circulación 1266-AZI-, interpusieron las excepciones de prejudicialidad e incompetencia, solicitando al Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, las declare procedentes, ordenando la suspensión de dicho proceso entretanto se resuelva la causa civil de nulidad de venta y restitución del referido vehículo, se establezca el derecho propietario del bien en cuestión y de ello, “el elemento constitutivo del tipo penal de robo agravado” (sic).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1 Ampliación de la acción
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- salvo que la problemática concreta adquiera relevancia constitucional, cuando se advierta afectación a algún derecho fundamental o garantía constitucional
- los casos en que se impugne tal labor como arbitraria, insuficientemente motivada o con error evidente
- III.2. Aplicación de los Fundamentos Jurídicos esgrimidos, a la problemática concreta
- i)
- ii)
- iii)
- “conceder”
- denegar
- APROBAR