SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1454/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
II.1.
II.1. La documental cursante de fs. 3 a 22, consistente en plano de lote aprobado por la Oficialía Mayor Técnica del Gobierno Municipal de Cobija; escritura pública 16/97 de 5 de febrero de 1997, de venta de un lote de terreno de la Mutual Pando a favor de Carlos Freddy Herbas Espinoza; certificados de folio real y catastral; solicitud para concesión de línea y nivel; y, pago de impuestos anuales, acredita el derecho propietario del accionante Carlos Freddy Herbas Espinoza, sobre un lote de terreno ubicado en la zona "La Santa Cruz", sobre la calle "N.N.", perteneciente al Distrito 3, manzana 65, predio 28, con una superficie total de 307.91 m². registrado en Derechos Reales (DD.RR.), bajo la matrícula 9.01.1.01.0003593.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades, funcionarios y personas demandadas
- "improcedente"
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Protección directa e inmediata otorgada en forma excepcional por la acción de amparo constitucional, ante medidas de hecho
- Fragmento 19
- III.3. Requisitos para conceder la tutela del amparo constitucional por medidas de hecho
- III.4. Del derecho a la propiedad privada y la expropiación como instituto que lo limita
- Ninguna persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los casos y según las formas establecidas por la ley
- III.5. Análisis del caso concreto
- ejecutado
- "conceder"
- REVOCAR en parte