SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1734/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.1.
II.1. Según imputación formal de 8 de mayo de 2010, el Ministerio Público atribuyó a la accionante la presunta comisión de los delitos de lesiones graves y leves, solicitando la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva. En audiencia de consideración de medida cautelar de la misma fecha, la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal, ordenó medidas sustitutivas, consistentes en presentación cada quince días ante el Ministerio Público; la verificación de su domicilio por Secretaría del Juzgado en el término de cuarenta y ocho horas; la prohibición de tomar contacto con los querellantes o víctima, fianza económica de Bs2 000.- a ser pagada en el término de tres días (fs. 4 y vta. y 6 a 7).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Oportunidad de desistimiento de la acción de libertad
- III.2. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- Fragmento 15
- ,
- III.4. El recurso de apelación incidental
- el art. 251 del CPP, advierte que contra esa determinación procederá el recurso de apelación incidental para que el Tribunal superior en grado repare las lesiones denunciadas.
- III.5.1 Respecto de la Jueza Segundo de Instrucción en lo Penal
- III.5.2. Respecto de la Fiscal codemandada