SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1734/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.3.
II.3. En audiencia de consideración de revocatoria de medidas cautelares de 4 de agosto de 2010, ante la inconcurrencia de la accionante, pese a haber sido notificada, la Jueza a quo ordenó se libre mandamiento de aprehensión para que sea conducida a dicho acto procesal. En la misma fecha expidió el mandamiento; ejecutado el 17 de noviembre de ese año, a horas 09:00 y mediante decreto de la misma fecha, fijó audiencia de consideración de revocatoria de medidas cautelares para ese día a horas 15:30 (fs. 33 a 34 y 9). En dicho acto procesal, invocando el “art. 007 Art. 321” (sic), la defensa de la accionante planteó recusación contra la Jueza codemandada, por tratarse de una causal sobreviniente según prevé el art. 316 num. 5), solicitando se efectúe el trámite correspondiente. Rechazada in límine por Resolución 388/2010 de 17 de noviembre, por no haber presentado prueba alguna y planteado la recusación bajo los mismos términos en anteriores oportunidades con la única finalidad de dilatar la etapa preparatoria, conforme la modificación del art. 321 del CPP por la Ley 007 (fs. 10 a 11; y 16 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Oportunidad de desistimiento de la acción de libertad
- III.2. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- Fragmento 15
- ,
- III.4. El recurso de apelación incidental
- el art. 251 del CPP, advierte que contra esa determinación procederá el recurso de apelación incidental para que el Tribunal superior en grado repare las lesiones denunciadas.
- III.5.1 Respecto de la Jueza Segundo de Instrucción en lo Penal
- III.5.2. Respecto de la Fiscal codemandada