SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1734/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
III.2. Alcance y finalidad de la acción de libertad
Dentro de la estructura dogmática de la Constitución Política del Estado se encuentran los derechos a la libertad y la vida, dada su naturaleza se ha previsto una acción de defensa oportuna e idónea para resguardarlos cuando se constate su vulneración emergente de actos ilegales u omisiones indebidas de servidores públicos o personas particulares. La acción de libertad, tiene por finalidad el restablecimiento del derecho a la libertad cuando se encuentre restringido; el restablecimiento de las formalidades legales cuando se acuse procesamiento indebido; el cese de la persecución indebida o ilegal cuando a través de actos de servidores públicos el derecho a la libertad fuere amenazado; y, el resguardo del derecho a la vida cuando se encuentre en peligro a consecuencia de la limitación del derecho a la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Oportunidad de desistimiento de la acción de libertad
- III.2. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- Fragmento 15
- ,
- III.4. El recurso de apelación incidental
- el art. 251 del CPP, advierte que contra esa determinación procederá el recurso de apelación incidental para que el Tribunal superior en grado repare las lesiones denunciadas.
- III.5.1 Respecto de la Jueza Segundo de Instrucción en lo Penal
- III.5.2. Respecto de la Fiscal codemandada