SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1884/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
a)
Solicita se declare “procedente” el amparo, disponiendo: a) Anular las ilegales actas 10, 11, 12 y 13 emitidas por el Tribunal Calificador del Concurso de Méritos y Examen de Competencia para optar al cargo de médico anestesiólogo, ítem 76650, en el Hospital Regional “San Juan de Dios” de la ciudad de Tarija, bajo la modalidad de abierto provincial; dejando subsistente el acta 08/2009 y que el Tribunal Calificador de cumplimiento al art. 42 del Reglamento de Concurso de Méritos y Examen de Competencia, debiendo ofrecer el cargo convocado a su persona al haber obtenido el mayor puntaje; y, b) Condenación en costas.
Martha Buais Hamide, codemandada, en representación del SIRMES, no presentó informe escrito y en audiencia, manifestó: a) No estuvo de acuerdo con la revisión del expediente del accionante, debido a que algunos certificados no correspondían, por existir error en la calificación y como Tribunal tienen la facultad de volver a sumar, no revisar; y, b) Exigieron a los postulantes que debían dar un nuevo examen teórico, pero luego se optó por anular todo el proceso; inclusive, el accionante, envió una nota solicitando se garantice que la nueva convocatoria se realizaría bajo las mismas condiciones, respondieron que no les corresponde llamar a examen de competencia, dado que el Colegio Médico es el que realiza el concurso.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- 1)
- “procedente en parte”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La garantía del debido proceso
- pero también en cuanto a la afectación de un derecho sin el cumplimiento de un proceso previo en el cual se respeten sus derechos fundamentales y garantías constitucionales.
- Fragmento 16
- “La convocatoria se ceñirá a la observación de los siguientes aspectos
- Fragmento 18
- III.4. Legitimación pasiva
- para que sea viable el recurso de amparo, cuando es planteado contra decisiones pronunciadas por tribunales u órganos colegiados, públicos o particulares, sea como emergencia de procesos
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.5.1. Respecto de la vulneración a la garantía del debido proceso
- III.5.2. Respecto de la legitimación pasiva
- Fragmento 25