SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1888/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1888/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

precautela el respeto y la vigencia de los derechos y las garantías constitucionales”

De las normas glosadas, fundamentalmente del art. 9. inc. 4) de la CPE, puede concluirse que, siendo uno de los fines del Estado garantizar el cumplimiento de los derechos reconocidos en la Constitución,  la administración de justicia tiene que regirse sobre principios que orienten la actividad del Juez constitucional, haciendo efectiva dicha función, debiendo para ello, prevalecer -como se tiene dicho- el derecho sustancial respecto a las formalidades.