SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0108/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0108/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

Fragmento 18

De dicho precepto constitucional, se infiere su triple carácter tutelar: preventivo, correctivo y reparador, reforzándose su naturaleza de acción de defensa oportuna y eficaz, cuya finalidad es resguardar y proteger los derechos a la vida y la libertad, tanto física como de locomoción, en favor de toda persona que creyere estar ilegalmente perseguida o indebidamente procesada o privada de libertad. En ese marco, su carácter preventivo responde a prevenir una lesión ante su inminente restricción arbitraria o ilegal; el carácter correctivo, tiene por objeto evitar se agraven las condiciones de una persona detenida, sea en virtud de una medida cautelar o en cumplimiento de una pena impuesta en su contra; finalmente, el carácter reparador pretende subsanar una lesión consumada, es decir, opera ante la verificación de una detención ilegal o indebida, como resultado de la inobservancia de las formalidades legales.