SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0108/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
III.2. Fundamentos de la tutela constitucional solicitada por el accionante
Según las Conclusiones detalladas en esta Sentencia, se establece fehacientemente que Andrés Arnez Iriarte se encuentra privado de su libertad en virtud a la ejecución del mandamiento de condena librado por las autoridades demandadas -miembros del Tribunal de Sentencia de Quillacollo- y luego que se hubiera sustanciado el proceso penal por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas seguido en su contra, en el que -conforme se advierte de las Conclusiones II.1 a II.7-, intervino valiéndose de los medios legales dispuestos a su favor por la Ley Adjetiva Penal; tal es así que, cursa en obrados el recurso de apelación contra la Sentencia de primera instancia, como también, la solicitud que efectuó pretendiendo la nulidad de obrados, acusando una errónea notificación con el Auto de Vista de 21 de febrero de 2004, que le fuera concedida en un primer momento.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derecho, garantía y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Tramite procesal del Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 18
- III.1.1. Ámbito de protección sobre las lesiones al debido proceso
- a través del amparo constitucional, como medio idóneo para precautelar las lesiones a la garantía del debido proceso; a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones invocadas, se colocó al accionante en absoluto estado de indefensión
- la acción de libertad sólo es procedente cuando el acto lesivo se encuentra estrechamente vinculado con el derecho a la libertad, como causa directa; es decir, con su restricción, supresión o amenaza de estas lesiones y en el supuesto de evidenciarse absoluto estado de indefensión;
- III.2. Fundamentos de la tutela constitucional solicitada por el accionante
- III.2.1. Concurrencia de los presupuestos requeridos para considerar lesión al debido proceso
- si bien se exige una correcta administración de justicia, en contraparte, las partes tienen la carga procesal de asumir responsablemente el conocimiento de la sustanciación del proceso penal seguido en su contra
- ordenar la tutela
- REVOCAR