SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0402/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0402/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional

La acción de amparo constitucional como garantía jurisdiccional extraordinaria hace posible la materialización de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Estado y las leyes, cuando éstos sean restringidos, suprimidos o amenazados por actos u omisiones indebidas de particulares o funcionarios públicos y siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para su protección. Su finalidad, no es otra más que el resguardo de los derechos fundamentales y garantías constitucionales de todos los ciudadanos.

No puede ser considerada como una instancia más del proceso para la revisión o consideración de prueba, cuya valoración compete única y exclusivamente a los órganos jurisdiccionales y/o administrativos, correspondiendo solamente analizar los actos en los cuales hubiera existido la conculcación de derechos fundamentales. Como medio de defensa, la activación de su tutela se rige por los principios de subsidiariedad e inmediatez.