SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0549/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
II.16.
II.16. El 8 de diciembre de 2008, Luis Sebastián Claure Acuña, interpuso incidente de actividad procesal defectuosa ante la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, por violación de derechos y garantías al existir defectos absolutos e insubsanables en la tramitación del proceso, cuestionando esencialmente la dilación en las investigaciones desarrolladas por el Ministerio Público, la contradicción entre lo concluido por el Fiscal de Materia que estuvo a cargo de las investigaciones sujetas al control de la Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz y las conclusiones arribadas por el Fiscal General en suplencia legal, aspecto que consideró como atentatorio al principio de unidad del Ministerio Público; solicitando asimismo que dispongan la nulidad de la Resolución Fiscal de 11 de noviembre de 2008, que rechazó su querella y se ordene la remisión a su conocimiento y consideración del informe conclusivo evacuado por el primer Fiscal asignado al caso para su convalidación, debiendo además emitirse una resolución fiscal de acuerdo a lo investigado y concluido por el Fiscal de Materia (fs. 1 a 6); incidente rechazado por Auto Supremo 103 de 18 de febrero de 2009, con el fundamento que ese órgano no podía revisar determinaciones asumidas por el Ministerio Público en cuanto a la dirección funcional de las investigaciones como tampoco le compete pronunciarse respecto a la determinación de rechazo de querella (fs. 14 a 15 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Atribución de la Corte Suprema de Justicia de fallar en única instancia en las causas de responsabilidad penal seguidas contra Vocales de las Cortes Superiores de Distrito
- III.2. Atribución de la Fiscalía General de ejercer el control funcional de la investigación en los juicios de privilegio
- III.3. Sobre la relevancia constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Con relación a las actuaciones del Ministerio Público
- III.4.2. Respecto a las actuaciones de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia
- III.4.3. Respecto a las actuaciones del Fiscal General, Mario Uribe Melendres
- denegado
- APROBAR