Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0549/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
II.8.
II.8. El 8 de agosto de 2006, el Fiscal General, Pedro Gareca Perales, requirió ante los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, la reconducción de la investigación al Fiscal de Materia asignado, Genaro Quenta Fernández, señalando que se advierte la existencia de un error de procedimiento por la calidad de las personas querelladas, a quienes les correspondería estar bajo el control jurisdiccional de la Sala Penal (fs. 52); a lo que se decretó que con carácter previo se debe considerar la pertinencia del caso (fs. 53).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Atribución de la Corte Suprema de Justicia de fallar en única instancia en las causas de responsabilidad penal seguidas contra Vocales de las Cortes Superiores de Distrito
- III.2. Atribución de la Fiscalía General de ejercer el control funcional de la investigación en los juicios de privilegio
- III.3. Sobre la relevancia constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Con relación a las actuaciones del Ministerio Público
- III.4.2. Respecto a las actuaciones de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia
- III.4.3. Respecto a las actuaciones del Fiscal General, Mario Uribe Melendres
- denegado
- APROBAR