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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1052/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1052/2011-R

    Fecha: 01-Jul-2011

    II.13.

    II.13. Por Auto 379/2007 de 1 de septiembre, la Jueza ahora demandada, rechazó el Incidente de nulidad, solicitado en razón a que “el proceso se encuentra en ejecución de fallos, habiendo precluido la oportunidad de la parte ejecutada para formular cualquier observación por la vía incidental” (fs. 111 a 112).

    • acción
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • la Resolución 344/2008
    • I.1.3. Petitorio
    • a
    • 1)
    • concedió
    • i)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.14.
    • II.15.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2. Sobre la nulidad de actos procesales, consideraciones de orden legal y jurisprudencial
    • SC 0731/2010-R
    • por cuanto fue el señalado en el documento base del proceso ejecutivo;
    • no concurre la causal que pueda anular dicho acto procesal, cual sería que el demandante hubiera proporcionado un domicilio y éste resultare falso; situación que no ocurrió en el presente caso, por cuanto el domicilio donde se practicó la citación y notificación mediante cédula fue fijado por el mismo demandado en el documento base de la acción ejecutiva.
    • Fragmento 31
    • principio de especificidad o legalidad
    • concedido
    • REVOCAR

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