SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1052/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1052/2011-R

Fecha: 01-Jul-2011

II.9.

II.9. El 13 de septiembre de 2002, el Oficial de Diligencias del Juzgado, representó que el ejecutado y la coejecutada, Margarita Miranda de Luna, no pudieron ser habidos para ser notificados con la Sentencia de primera instancia, dejando aviso judicial para retornar al día siguiente, oportunidad en la cual tampoco fueron habidos (fs. 37); en virtud a lo cual la parte ejecutante solicitó la notificación por cédula (fs. 38), misma que fue ordenada por Auto de 16 de septiembre de 2002 (fs. 38 vta.) y ejecutada el 16 de octubre de 2002 a Hrs. 17:00 (fs. 41).