SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1341/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1341/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

III.5. Otras consideraciones

En la Resolución objeto de revisión, el Juez de garantías, determinó dejar sin efecto el Auto de Procesamiento 01/2011 de 8 de junio, ordenando a los Vocales codemandados dictar otra resolución, determinación que al margen de evidenciar la errónea compulsa de los antecedentes y aplicación de las normas legales pertinentes, denota exceso en sus facultades, dado que del contenido del memorial de acción de libertad, Luis Fernando Roberto Landívar Roca y sus abogados apoderados, no cuestionaron el Auto de Procesamiento, sino únicamente la orden de expedición del mandamiento de detención formal sin que previamente se hubieran revocado las medidas sustitutivas; por lo tanto, dicha autoridad debió limitar su Resolución a lo estrictamente impugnado por el accionante.

En conclusión, la vigencia del Auto de Procesamiento 01/2011 de 8 de junio, no puede ser afectada por la orden de emisión del mandamiento de detención formal, que no es más que una formalidad de contenido de dicha Resolución, que en el caso concreto, carece de eficacia jurídica, dado que el accionante se encuentra bajo medidas sustitutivas a la detención preventiva, las que se mantienen y subsisten al no haber sido revocadas, conforme se explicó en los Fundamentos Jurídicos de esta Sentencia Constitucional.