SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1386/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1386/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

I.2.4. Resolución

Decretada la prosecución de la audiencia de consideración de la acción de cumplimiento para el 4 de agosto de 2009, el Juez de Partido y de Sentencia de San Ignacio de Velasco del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, -en la fecha indicada- pronunció la Resolución 01/09 -cursante a fs. 286 y vta.-, referida al “recurso incidental o indirecto de inconstitucionalidad”, por la que se declaró incompetente para emitir pronunciamiento al respecto, dada la inadmisibilidad del “recurso” formulado por el tercero interesado, disponiendo continuar con la tramitación de la acción interpuesta.

Luego Bailón Miguel Becerra Jordán, presentó el memorial cursante de fs. 290 a 292, interponiendo una acción de inconstitucionalidad bajo los mismos términos que el “recurso” antes aludido; y, posteriormente, a través de otro escrito que cursa a fs. 293 y vta., solicitó al Juez de garantías cumpla la obligación de elevar la Resolución 01/09 en consulta de oficio ante el Tribunal Constitucional. Por su parte, determinó que constando en un solo expediente todo lo actuado, lo peticionado -conjuntamente la acción de cumplimiento- sería remitido ante el órgano de control constitucional; y, en consideración a la acción de inconstitucionalidad también incoada, pronunció la Resolución 2 de 5 de agosto de 2009, declarándose nuevamente incompetente para resolverla, en virtud a lo dispuesto por los arts. 202.1 y 202.6 de la CPE.