Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1386/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
II.8.
II.8. Bailón Miguel Becerra Jordán, a través del memorial de 15 de mayo de 2009, formuló recusación contra el Juez de Partido y de Sentencia de San José de Chiquitos del Distrito Judicial de Santa Cruz, amparándose en lo establecidos por el art. 316.11 del CPP (fs. 94); esta petición, se resolvió por la referida autoridad judicial, mediante Auto 07/2009 de 18 de mayo (fs. 95), por el que rechazó y no se allanó a la recusación, remitiendo actuados ante el tribunal superior conforme a procedimiento, según consta a fs. 96, en el oficio JPS 018/09 de 19 de la misma fecha, dirigido al Presidente de la Corte Superior de Justicia.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de los Terceros Interesados
- a)
- I.2.4. Resolución
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Carácter tutelar de la acción de cumplimiento
- III.1.1. Naturaleza jurídica
- aplicándose para el efecto, cuando corresponda, la Ley de Procedimiento Administrativo
- III.1.2. Legitimación pasiva
- III.2. Análisis de la viabilidad de la tutela solicitada por el accionante
- III.2.1. Sobre el deber omitido denunciado por el accionante
- renuente
- III.2.2. Sobre la legitimación pasiva de la autoridad demandada
- III.2.3. Sobre la intervención de los Terceros Interesados
- la interposición del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad dentro de la acción de amparo constitucional, es inviable no sólo porque desvirtuaría la naturaleza jurídica de la acción de amparo sino también por afectar a su carácter sumarísimo y el principio de tutela judicial efectiva, pues de permitirse su interposición impediría la sustanciación regular del amparo constitucional imposibilitando se pronuncie la decisión final
- “conceder”