SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1386/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1386/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

renuente

La conclusión anterior, importa dar efectividad al objeto de esta acción de defensa, en el entendido que la sola renuencia por cumplir un deber constitucional o legal, no únicamente es demostrable a través de la negativa expresa de la autoridad o funcionario público demandados; caso contrario, se admitiría que una actitud evasiva y en apariencia diligente, pueda salvar la resistencia de cumplir lo ordenado por una norma constitucional o legal; enfatizándose que, conforme se indicó en el Fundamento Jurídico III.1.1, el fin primario de esta acción es la realización efectiva de la Norma Fundamental y de las leyes, ordenando a la autoridad o funcionario público renuente o remiso, dar cumplimiento a un deber específico contenido en un imperativo constitucional o en una ley.