SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1386/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1386/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

“procedente”

Finalmente, el Juez de Partido y de Sentencia de San Ignacio de Velasco del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Resolución 5/09 de 5 de agosto de 2009, cursante de fs. 296 vta. a 297 vta., por la que declaró “procedente” la acción, ordenando que el Concejo Municipal de Puerto Suárez, dé cumplimiento inmediato a sus obligaciones contenidas en los arts. 34 inc. 1) y 36.“V” de la LM; bajo el fundamento que, conforme a la jurisprudencia constitucional establecida en las SSCC 0265/2003-R, 0329/2004-R, 1498/2005-R y 0720/2007-R, el auto de procesamiento ejecutoriado -previsto en el anterior sistema procesal penal-, equivaldría actualmente a la acusación fiscal; y, en consecuencia, dados los antecedentes del caso, la suspensión de mandato se limita en el tiempo y circunscribe al hecho que el acusado pueda asumir su defensa.

Por los fundamentos expuestos, la problemática expuesta por el accionante no es susceptible de protección a través de la acción de cumplimiento; por cuanto, el Juez de garantías, al declararla “procedente”, no efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes del caso, ni de los alcances de esta acción.