Sentencia: 1813/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1813/2012

Fecha: 01-Oct-2012

En cuanto a que la accionante hubiese acreditado los criterios interpretativos que fueron desconocidos por las autoridades demandadas

En cuanto a que la accionante hubiese acreditado los criterios interpretativos que fueron desconocidos por las autoridades demandadas, cabe manifestar que de la lectura de la demanda se evidencia que luego de hacer una cita de las normas legales contenidas en el art. 8 de la Ley de Abolición de Prisión y Apremio Corporal por obligaciones patrimoniales, art. 131 de la Ley de Fortalecimiento de la Normativa y Supervisión Financiera, el Acuerdo de Sala Plena del Consejo de la Judicatura 094/2005 de 20 de noviembre, la entidad ahora accionante se limitó a poner énfasis en que “…Banco Sur S.A. 'En liquidación' es una Entidad del Estado y que por mandato de la ley -art. 8 de la LAPACOP- se constituye en beneficiaria de la exención legal dispuesta en la norma referida, que alcanza a los aranceles judiciales exigidos en toda acción y/o trámite que persiga la recuperación de sus créditos, por lo que la inobservancia del referido Art. 8, constituye un acto ilegal que no se encuentra dentro de los principios de supremacía constitucional, jerarquía normativa, reserva legal y legalidad, al transgredir la norma legal expresa y de cumplimiento obligatorio e inexcusable a favor de todos los beneficiarios…”(sic) (el resaltado es nuestro).