SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2012
Fecha: 23-Abr-2012
donde Víctor Hugo Rojas Sánchez, Juez Segundo de Partido y de Sentencia de Montero, en suplencia legal, pronunció el Auto de Vista ahora impugnado
Subsanadas las causas que establecieron la nulidad de obrados en el interdicto de recobrar la posesión, se dictó nueva Sentencia declarando probada la demanda, pero, en ejecución de esta, las partes presentaron apelación contra los Autos que rechazaron sus incidentes; recursos que fueron remitidos al Juzgado Tercero de Partido y de Sentencia de Montero, donde Víctor Hugo Rojas Sánchez, Juez Segundo de Partido y de Sentencia de Montero, en suplencia legal, pronunció el Auto de Vista ahora impugnado, actuación ésta en la que el Juez no observó causal de excusa alguna. En dicha actuación, el Juez no incurre en ilegalidad alguna, toda vez que, por una parte, el inciso 5 de las causales de recusación referido a “Tener el juez enemistad, odio o resentimiento con alguna de las partes” no tiene aplicación cuando se trata de los abogados o patrocinantes de las partes, sino, específicamente con relación a las partes, y por otra, porque al haberse anulado obrados con anterioridad hasta fs. “41” del proceso, la excusa a la que se refiere el accionante, al estar inserta dentro de los actuados anulados también quedó anulada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Fundamentos de hecho que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- Germán Cardona, abogado del Ministerio de Defensa
- 1)
- accionante Henry Gonzalo García Canelas
- Juez Segundo de Partido y de Sentencia de Montero, Víctor Hugo Rojas Sánchez,
- Sergio Pedraza Domínguez, abogado de Edwin Tupa Tupa
- René Quispe, abogado de Santiago Valenzuela Arévalo
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- 5)
- III.3.
- anuló obrados hasta fs. 41 inclusive
- donde Víctor Hugo Rojas Sánchez, Juez Segundo de Partido y de Sentencia de Montero, en suplencia legal, pronunció el Auto de Vista ahora impugnado
- con el abogado patrocinante de una de las partes
- REVOCAR